¡Hola multicubano!
El 2023 llegó con el anuncio de que Estados Unidos permitiría la entrada de migrantes de Cuba, Haití y Nicaragua (como se hacía con Venezuela) con un nuevo programa de parole.
Esto significó no solo el fin de las travesías desde Nicaragua hasta la frontera norteamericana sino también un giro en la política migratoria hacia los cubanos.
Hace poco más de un mes desde el Blog Multicuba les compartimos un artículo esclarecedor donde dábamos respuesta a las dudas más frecuentes relacionadas con el tema.
Justamente hoy volvemos sobre él con una segunda parte más actualizada. ¡Empecemos!
¿El parole es una visa?
El parole es un tipo especial de admisión a los Estados Unidos, no una visa, incluso cuando a los beneficiarios de parole se les estampa este permiso de entrada en sus pasaportes, de manera similar a una visa.
A diferencia de las visas de inmigrante, los beneficiarios de parole no entran a los Estados Unidos con estatus de Residente Legal Permanente.
¿Qué sucede con el estatus migratorio de los cubanos que llegan con parole?
La Ley de Ajuste Cubano actualmente permite que los cubanos beneficiarios del nuevo parole soliciten ajustar su estatus a Residente Legal Permanente a partir del año de entrar a los Estados Unidos.
¿Qué diferencia hay entre el nuevo programa de parole y el Programa de Parole de Reunificación Familiar Cubana (CFRP)?
El Programa de Parole de Reunificación Familiar Cubana (CFRP) permite a los beneficiarios de visas de inmigrante con una petición aprobada y presentada por un familiar calificado, viajar a los Estados Unidos sin esperar a que un número de visa de inmigrante esté disponible.
Mientras, el nuevo proceso de parole no requiere que el beneficiario tenga una petición de visado de inmigrante aprobada o un familiar que reúna los requisitos en Estados Unidos.
Como explicábamos en el artículo anterior, una persona puede ser patrocinada por cualquier familiar, amigo, o alguien que represente a una organización, que sea residente o ciudadano estadounidense y cumpla los requisitos para apoyar económicamente al beneficiario durante su estancia en el país.
Si ya estoy en un proceso de Reclamación Familiar, ¿puedo ser aplicable también en el nuevo proceso de parole?
Sí. Su peticionario o un patrocinador diferente, puede solicitar en su nombre el nuevo proceso de parole aún cuando la persona ya esté en la fase de solicitud del CFRP.
Si un nacional cubano con una solicitud pendiente del Programa de Parole de Reunificación Familiar Cubana recibe el parole en los EE.UU bajo el nuevo proceso, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (USCIS) denegará la solicitud del CFRP original.
Con el nuevo proceso de parole, ¿puedo trabajar en Estados Unidos?
Sí. Con el nuevo proceso de parole el beneficiario puede solicitar permiso de trabajo en Estados Unidos. Después de obtener el parole para entrar en Estados Unidos, podrá solicitar un permiso de trabajo discrecional. Para hacer la Solicitud de Autorización de Empleo debe presentar el Formulario I-765, utilizando el código de categoría (c)(11) con la tasa requerida o pedir una exención de tasas.
¿Qué hacer si ya está en tránsito hacia Estados Unidos?
Los cubanos pueden ser elegibles para este proceso desde Cuba u otro país, como México, por ejemplo. Sin embargo, cabe recordar que las personas que han entrado o intentado entrar ilegalmente a Estados Unidos o han entrado irregularmente en México o Panamá después del anuncio del nuevo proceso, no serán elegibles.
¿Puede cualquier persona asesorar en este proceso?
La página oficial de la Embajada de Estados Unidos en Cuba anunció haber recibido información sobre sitios web y servicios fraudulentos en relación con el nuevo proceso de parole. Por ello, se debe tener cuidado ante posibles estafas, en especial si hay dinero de por medio.
Ahora bien, por si no lo sabías, Multicuba está capacitada para asesorarte de forma personalizada, así que si necesitas una guía en este nuevo proceso de solicitud de parole para cubanos contáctanos al +1 (305) 507-4723 o visita nuestras oficinas en 7000 SW 8th St Miami, Florida.
La transparencia, la seguridad y la confianza con nosotros están (como siempre) más que garantizadas. Y antes de cerrar, te invito a que me dejes un comentario con cualquier duda o inquietud que tengas relacionada con el tema; probablemente saquemos una tercera parte contestándolas.
14 Comentarios al Artículo:
Patrocinadores, paroles y visas para los cubanos emigrar a Estados Unidos (parte 2)
Gracias
❤️🙏🏻
Excelente explicación muy completa
¡Gracias!
👍
¡Gracias!
Una buena oportunidad y opcion😊
¡Gracias!
Muy buen artículo
¡Gracias!
Súper aclaradas las dudas
¡Qué bien! Gracias
Espero 3ra parte entonces
¡Gracias!
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