
¡Hola, Multicubano!
Cuando llegamos a los Estados Unidos gracias al proceso de reunificación familiar (en cubano: reclamados), no nos damos cuenta de lo complejo del proceso. Ah, pero cuando nos toca a nosotros, nos damos cuenta de que va mucho más allá de las “antorchas”. Entonces, ¿qué hay que tener en cuenta a la hora de reclamar a nuestros familiares?
1-Elegibilidad
En este acápite se incluyen todas las personas que pueden ser elegibles para una visa por reunificación familiar. Como todos sabemos, en los últimos 4 años han cambiado los parámetros de elegibilidad. Para empezar, establezcamos los dos grupos de categorías de visa de inmigrantes basadas en una petición familiar: familiares inmediatos y de preferencia familiar.
La diferencia radica en quién hace la reclamación, lo que también determina en los sujetos que serán elegibles.
Vamos a ver quién puede reclamar a quiénes:
Madre/Padre |
Esposo (a) |
Hijo (a) |
Hermano (a) |
Prometido (a) |
|
Ciudadanos americanos | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí |
Residentes permanentes | No | Sí | *Sí | No | No |
*Solo se pueden reclamar a los hijos menores de edad, o a los mayores de 21 que sean solteros |
De hecho, los ciudadanos norteamericanos o ciudadanos cubanos nacionalizados, pueden reclamar a sus padres adoptivos, padrastros/madrastras o, incluso, a los hijos de su prometido (a). Esos casos en los que solo un ciudadano puede reclamar, los veré con más detenimiento más adelante.
Pero, ¿no existen condiciones inhabilitantes? Pues sí. No se puede reclamar a:
1- Un pariente adoptivo o un hijo adoptivo, si el hijo fue adoptado después de haber cumplido los 16 años de edad.
2- Un pariente biológico, si obtuvo una tarjeta de residencia o ciudadanía estadounidense mediante la adopción
3- Un cónyuge, si Ud. y su cónyuge no estuvieron presentes físicamente en la ceremonia de matrimonio
4- Un cónyuge, si usted obtuvo una tarjeta de residencia a través de un matrimonio previo con un ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta de residencia, excepto en el caso de que Ud. se haya naturalizado y sea ciudadano estadounidense, o si ha sido residente permanente por al menos cinco años
5- Un cónyuge, si se casaron mientras él o ella estaba sometido a procedimientos frente a una corte de inmigración.
6- Cualquier familiar, si USCIS ha determinado que esta persona se casó o intentó casarse con el único propósito de obtener un beneficio migratorio a los Estados Unidos.


2- Trámites
En primer lugar, es aconsejable contratar los servicios de un abogado que lleve el caso. Sería muy útil, ya que al estar especializados en este tema pueden resolver problemas que aún no existen. Como sea, los primero es presentar una petición I-130 a la oficina del USCIS correspondiente al área en la que viva quien reclama. Solo se puede presentar un formulario por reclamación. A partir de haber recibido ese formulario, el solicitante recibirá la constancia de recepción y deberá esperar que la oficina lo contacte para entregar los documentos o evidencias que considere necesarias.
3- Proceso
Todo comienza cuando un ciudadano estadounidense o un residente legal registra una reclamación en las oficinas de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) del Departamento de Seguridad Interna (DHS). A partir de ese momento, no hay un límite temporal para que el proceso termine.
4- Costo
El costo dependerá de la cantidad de trámites y formularios a entregar por parte de los solicitantes. El formulario inicial (I-130) cuesta $535.00 USD. En dependencia del lazo familiar y del tipo de reclamación, habrá que entregar otros documentos. El costo total varía, en dependencia del tipo de reclamación, pero no costará menos de $2.000 USD.
5- Plazos
El plazo del trámite dependerá del tipo de relación familiar (ver el 1er punto), así como la oficina del USCIS que procese el formulario. Hay que tener en cuenta que la duración del proceso dependerá, en primer lugar, del nivel de preferencia del familiar reclamado. En estos momentos, se estima que las reclamaciones de ciudadanos norteamericanos se están demorando aproximadamente dos años, y la de residentes, el doble. Estas son aproximaciones.
Como todos sabemos, durante la administración Trump, el proceso de Reunificación Familiar se vio seriamente afectado. Muchos quedamos con procesos pendientes (se habla de 40 000 procesos pendientes, y 100 000 visas para cubanos aún por entregar), pero nos queda la esperanza de que se terminen todos los pendientes.
Si tienes alguna duda sobre este tipo de trámite, no dudes en escribirnos. Puedes dejar un comentario al final del artículo, o comunicarte mediante nuestro correo: info@multicuba.com. Estamos esperando por ti.
16 Comentarios al Artículo:
Qué hacer para reclamar a tu familia en Cuba: 5 aspectos a tener en cuenta
Muy interesante este artículox desconocía algunos aspectos, es muy útil esta sección!
¡Gracias a ti! Nos alegra saber que te hemos sido de utilidad. Seguiremos publicando artículos sobre ese y otros temas de migración, ¡no te desconectes! Un abrazo de todo el equipo
Hola soy residente y quiero reclamar a mi hijo menor de edad en cuba
Hola Dainerys, gracias por ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarla, por favor comuníquese con nuestro servicio de atención al cliente al +1 (305) 507 4723 o a traves d nuestras redes sociales
Mi sobrino nacio en USA y quiere reclamar a su Hermana y esposo en Cuba
que tiempo demoraria esta reclamacion y donde debe ir para llenar la reclamacion. gracias
Hola Magaly, puede escribirnos por Facebook https://m.facebook.com/1164878253571781/ y allí con gusto la atenderán nuestros especialistas en trámites ❤️.
Yo quisiera saber el costo total de una reclamación familiar de un padre ciudadano a sus dos hijos menores en cuba
Hola Lorenzo, gracias por comunicarse con nuestra agencia esteramos más que encantados de ayudarlos, por favor comuíquese con el servicio de atención al cliente a través de nuestras redes sociales digitales https://facebook.com/multicuba o a través del teléfono de la agencia +1 (305) 507 4723 y allí podrá preguntar todas sus dudas sobre el tema donde lo ayudarán con el mayor gusto
Hola, me gustaria saber que documentos necesito como ciudadana estadounidence naturalizada para reclamar a mis dos hijos mayores de edad pero solteros que residen en cuba?
Hola Magaly, uste puede consultar los siguientes artñiculos de nuestro blog para ello, https://www.multicuba.com/blog/reunificacion-familiar-para-cubanos/ y https://www.multicuba.com/blog/que-hacer-para-reclamar-a-tu-familia-en-cuba-5-aspectos-a-tener-en-cuenta/
Que tenga un excelente día!
Puede un ciudadano americano que recibe SSI reclamar a su padre biológico en Cuba
Buenas tardes Ilina gracias por ponerse en contacto con nosotros. Para que reciba en detalle toda esa información y cualquier duda relacionada por favor comunícate con nuestro servicio de atención al cliente a través del +1 (305) 507 4723, esteremos encantados de poder ayudarla, en ese espacio o a través de nuestras redes sociales le atenderá un especialista en el tema.
Hola soy cubano y mi hija es ciudadana americana y quiere reclamarme, pero yo estoy casado y tengo una hija menor de edad. Como hacer para que los tres podamos entrar en la reclamación?
Hola Ernesto ¡Buenos días! Un placer atenderlo desde esta agencia que une a la familia cubana. Uno de los servicios que ofrece la agencia es asesoría personalizada para procesos de parole humanitario y una actualización mensual en el blog Multicuba respecto a temas migratorios pero no ofrecemos consultoría para trámites de reclamación familiar. En este caso le sugiero que revise las páginas de información o consultar con abogados siempre por las vías oficiales. Lo acompañamos y saludamos desde aquí ❤️❤️.
Hola quisiera saber si aún el bombo está vigente y como se puede acceder al mismo
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